agosto 20, 2009


DOCUMENTOS QUE DEBEN PROTOCOLIZARSE


Según lo preceptuado por el artículo 56 del Decreto Ley 960/70: "La protocolización consiste en incorporar en el protocolo por medio de escritura pública las actuaciones, expediente o documentos que la ley o el juez ordenen insertar en él para su guarda y conservación, o que cualquiera persona le presenta al notario con los mismos fines".

Por la protocolización no adquiere el documento protocolizado mayor fuerza o firmeza de la que originalmente tenga.

Como ejemplo citamos:
1. El acta de matrimonio civil.
2. El testamento cerrado, una vez que sea abierto.
3. El testamento privilegiado.
4. El proceso de sucesión en una notaría del lugar donde se tramitó.
5. El proceso de liquidación judicial de la sociedad conyugal por causa distinta de la muerte.
6. Los certificados de cancelación.
7. Los exhortos de cancelación.

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