El folio de matrícula ya visto, fue cambiado a uno nuevo en el cual no se utiliza el sistema de columnas, sino las anotaciones a nivel vertical y de manera continua, donde se detallan igualmente los modos de adquisición, los gravámenes, las limitaciones, medidas cautelares, falsa tradición, etc. contenidos en el folio anterior.
El Decreto 1711 de 1984, estableció que: La matrícula inmobiliaria podrá llevarse en folios o en cualquier otro sistema de reconocido valor técnico para manejo de información. En ella se prescindirá de la transcripción de los linderos y se tomará nota del documento que los contiene o de la escritura con la cual se protocolizaron los planos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario